Incremento del arriendo en 2022 es de 5,62%

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Cada año se presenta el índice de precios al consumidor (IPC) por parte del DANE, el cual nos muestra la variación de los precios de bienes y servicios respecto a la inflación en el país. Por ejemplo, para 2022 el incremento del arriendo es del 5,62%.

Esto indica que los cánones de arriendo de todos los inmuebles residenciales como casas, apartamentos, apartaestudios y otros solo podrán incrementarse máximo en este porcentaje, según la Ley 820 de 2003.

Hay que tener en cuenta que este IPC del 5,62% corresponde al demostrado en el transcurso del año 2021.

Incremento del arriendo en 2022
Fuente: DANE – IPC

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¿Cuánto será el máximo que podrán incrementar en el pago del arriendo?

Según el DANE, el incremento del arriendo solo podrá entrar en vigor cuando el contrato de arrendamiento haya cumplido los 12 meses de haberse firmado o desde el último incremento. Es decir, que si el contrato inició en julio de 2021 solo se podrá incrementar desde julio del 2022.

De esta manera, si el canon del contrato de arrendamiento del inmueble es, por ejemplo, de $1’000.000 solo podrá aumentarse un total máximo de $56.200 de acuerdo con el porcentaje del 5,62%.

También hay que tener presente que el incremento no puede ser mayor al 1% del del valor comercial del inmueble o de la parte arrendada. Y en caso de que el arrendador desee realizar el aumento deberá informar con anticipación al arrendatario de manera escrita y posteriormente certificada.

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El porcentaje del IPC más alto en los últimos 5 años

Es de conocimiento público el impacto que la pandemia tuvo en el país, incluso aún después de la reactivación económica y social. Solo los años 2016 (6,77 %) y 2017 (5.75) tuvieron una cifra mayor a la presentada para este año.

Te mostramos cómo se ha comportado el IPC en los últimos diez años:

  • 3,17% (2011).
  • 3,73% (2012).
  • 2,44% (2013).
  • 1,94% (2014).
  • 3,66% (2015).
  • 6,77% (2016).
  • 5,75% (2017).
  • 4,09% (2018).
  • 3.18% (2019).
  • 3,8% (2020).
  • 1,61% (2021).
  • 5,62% (2022).

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¿A qué tipo de inmuebles se les puede aplicar el incremento del arriendo?

Los inmuebles a los que se les puede realizar este incremento son todos aquellos de tipo residencial a los que se haya suscrito un contrato de arrendamiento después del 10 de julio del 2003. Esto rige bajo la Ley 820 del 2003.

Para aquellos inmuebles que hayan suscrito contrato de arrendamiento antes del 10 de julio del 2003, el incremento máximo corresponderá a la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el 2021, que según la encuesta aplicada a analistas se situaría entre 2,7% y 3,1%.

Vale recordar que estos ajustes no aplican para los contratos de arrendamiento de inmuebles para uso comercial, ya que estos valores se definen entre las partes o de acuerdo con el contrato de arrendamiento sujeto al Código de Comercio.

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¿Qué es el índice de precios al consumidor y por qué afecta el arriendo?

El IPC o índice de precios al consumidor es aquel que indica las variaciones o fluctuaciones de los precios que tienen bienes y servicios en un determinado lugar y durante un determinado periodo de tiempo.

Este índice se mide de manera mensual y anual por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística de acuerdo con el porcentaje de inflación que se presenta en el país. Además, es implementado para conocer el incremento el arriendo en 2022.

Con este incremento también se presentan otros datos de los bienes y servicios de los colombianos:

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Cristian Herrera

Cristian Herrera

Comunicador social y periodista apasionado por las letras, el análisis y el periodismo de datos. Amante del arte de contar historias, la música y la literatura.

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