La ley de Vivienda y Hábitat trae muy buenas noticias para el país, ya que permitirá simplificar todas las normas de los subsidios e incentivar el crecimiento urbano. Bajo estas dos premisas se desarrolló la Ley 158 que fue aprobada el pasado 4 de noviembre por el Congreso de la República.
Con respecto a la primera premisa, se estableció lineamientos que facilitan el acceso a la vivienda urbana:
- Se permitirá que quienes hayan recibido subsidios de mejoramiento de vivienda puedan recibir también un subsidio para adquirir vivienda nueva.
- Se flexibilizaron los plazos de financiación de los créditos de vivienda, que pasaron de 20 años a 30 años como plazo para financiación, entendiendo las nuevas dinámicas del mercado hipotecario y el perfil de los compradores de vivienda.
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El proyecto de Ley 158 de 2020, destaca, fue aprobado con 75 votos en el Congreso de la República. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Jonathan Malagón destacó que, tras el respectivo trámite en el Congreso, “Colombia tiene una Ley de Vivienda y Hábitat, que moderniza el sector”.
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Estas son las soluciones para la provisión de vivienda urbana
El proyecto de ley propone tres cambios en el mercado de arrendamiento para dinamizar la oferta de vivienda y mejorar la eficiencia del programa de arrendamiento social.
- Se propone ampliar la oferta de viviendas para arriendo al permitir aplicar el subsidio en viviendas usadas y cuyo valor comercial sea superior al tope de la Vivienda de Interés Social, siempre y cuando el valor del canon no supere el 1% del valor tope VIS.
- Permite que viviendas que hayan sido financiadas con recursos públicos hagan parte del stock de vivienda potencial para el mercado de arrendamiento.
- Permite acceder a los beneficios de decidir una mejor localización y realizar la explotación económica del activo que han adquirido.
Se atenderá el déficit habitacional de manera diferencial
Con esta nueva Ley de vivienda y hábitat se desplegarán acciones que permitan focalizar esfuerzos orientados a atender el déficit habitacional de manera prioritaria, mediante el aumento del monto de los subsidios de vivienda nueva, construcción en sitio propio, reforzamiento estructural y mejoramiento de vivienda social y prioritaria rural.
Promoción de acciones de financiación de vivienda rural
Dentro de las acciones de formulación de la política de vivienda de interés social rural se podrán incluir mecanismos de promoción del crédito hipotecario y de leasing habitacional, con la que podrás adquirir una vivienda ya sea nueva o usada a mediano y largo plazo.
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Esto es lo que cambió la ley 158 en los subsidios de vivienda:
Si en el pasado usaste algún subsidio del gobierno para comprar tu vivienda o para financiarla, esta información será de vital importancia para ti, ya que se lograron grandes cambios que debes conocer:
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Estas son las características de la Ley 158 🧐
La ley de Vivienda y Hábitat adopta normas que permiten garantizar el derecho a una vivienda y hábitat dignos para todos los colombianos. Colombia ha avanzado en los últimos 20 años y se ha convertido en ejemplo internacional de implementación de políticas en materia de vivienda por su efectividad. Afirmó el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Jonathan Malagón.
Teniendo en cuenta los hogares identificados por el DANE que se encuentran en déficit habitacional que son un millón trescientos setenta mil, esta ley contribuye a que puedan adquirir un techo digno y cumplan el sueño de tener casa nueva, con las opciones de pago que se ajustan a todas las realidades de los colombianos, ya que anteriormente el tiempo era muy limitado para el pago de las cuotas, esto hacía que las familias tuvieran inconvenientes al momento de sus pagos, con esta nueva ley se pretende solucionar esta falencia que aqueja a muchas familias en Colombia.
Lo que se busca es el goce efectivo del derecho a la vivienda. Para ello, como lo enuncian los objetivos y principios del proyecto de ley, se requiere promover la concurrencia armoniosa entre la Nación, las entidades territoriales, autoridades ambientales, las instancias, autoridades administrativas y de planificación del ordenamiento del territorio.
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Beneficios de los docentes y directivos docentes del sector oficial
A través del Fondo Nacional del Ahorro o el Banco Agrario de Colombia, otorgará beneficios para mejorar las condiciones de calidad de vida y bienestar de los docentes y directivos docentes del sector oficial, para la compra de vivienda nueva, usada, construcción en lote propio o mejoramiento de vivienda, en área rural o urbana.
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Estos beneficios pueden consistir en la reducción en la tasa de interés del crédito de vivienda, el otorgamiento de subsidio o la flexibilización de los requisitos de solicitud de crédito de vivienda a favor de los educadores del sector oficial. El beneficio aplica únicamente para el docente o directivo docente que cumpla de manera previa con los requisitos dispuestos por el Fondo Nacional del Ahorro, para acceder a un crédito individual de vivienda nueva o mejoramiento de vivienda o un subsidio.
Datos para tener en cuenta:
- Podrán acceder a los planes, subsidios o programas ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, sin el traslado previo de cesantías.
- La reducción de tasa de interés del crédito de vivienda, el otorgamiento de subsidio para la compra de vivienda nueva, usada y construcción de lote propio, serán otorgados únicamente para la primera vivienda.
- En ningún caso se entenderá que los beneficios previstos en este artículo implican cambio del régimen de afiliación de los docentes y directivos docentes al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio-FOMAG.
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Pero… ¿Cómo se llevarán a cabo estos objetivos?
La ley 158 desarrolla herramientas jurídicas, administrativas y financieras que promuevan la participación voluntaria del sector privado, para que los barrios tengan mejores servicios públicos, un mejor ambiente recreativo, mejores vías de acceso y zonas verdes, todo lo que se necesita para tener una mejor calidad de vida.
La Política de Vivienda Rural
Se focalizará los esfuerzos para atender el déficit habitacional de manera diferencial, así se suplirán todas las necesidades de la vivienda rural de acuerdo con su género, etnia, edad, condición de discapacidad, condición de víctima del conflicto armado o en proceso de reincorporación.
Ordenamiento Territorial
“Se busca que de la mano con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (SIGOT), se consolide información del ordenamiento territorial del país para tener un panorama real de los procesos de formulación, revisión, ajuste, y modificación de los POT”, explicó la senadora Nadia Blel.
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Así se gestionará el ordenamiento territorial de los municipios del país
Los alcaldes de los municipios y distritos remitirán al Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-, el Acuerdo o Decreto de adopción de su Plan de Ordenamiento Territorial, con el fin de consolidar y disponer la información del ordenamiento territorial y municipal del país. Estos son los puntos a tener en cuenta para que se lleve a cabo de forma correcta esta gestión:
- Todos los procesos de formulación, revisión, ajuste o modificación del POT que se lleven a cabo en el marco de la normatividad vigente, deberán enviarse al IGAC.
- El IGAC habilitará a los municipios el acceso a la plataforma para reportar directamente la información.
- El IGAC garantizará la interoperabilidad entre los sistemas que requieran obtener información del SIGOT y dará acceso a la información a las entidades nacionales y municipales que la requieran.
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Por: Omar Carranza Edición: Daniela León Fotos: Freepik